JACOBO RODRÍGUEZ GARRIDO
Universidade de Santiago de Compostela
Dominorum interest. El desarrollo jurídico de las manumisiones fideicomisarias durante el Principado
Nuestra exposición busca adentrarse en la evolución institucional que en los años del Principado experimenta la manumisión testamentaria por la vía del fideicomiso. Fundamentados inicialmente en la fides del heredero fiduciario, los fideicomisos –y especialmente aquellos que encomendaban la manumisión de uno o varios esclavos– experimentarán una evolución paulatina que los convertirá en compromisos de obligatorio cumplimiento bajo el amparo de la ley y la vigilancia de los magistrados competentes. Con ello no solo se dota a la manumisión mortis causa de mayor flexibilidad de ejecución, sino que se evita que dicha flexibilidad se convierta en laxitud a la hora de cumplir con los deseos del testador y con la libertad de los esclavos afectados.
Este desarrollo y fortalecimiento institucional del fideicomiso de libertad se sostiene en una notable actividad legisladora tanto por parte del Senado Romano –con la emisión de cinco importantes senadoconsultos– como desde la cancillería imperial –acumulando entre los reinados de Adriano y Alejandro Severo medio centenar de constituciones sobre la materia–. Esta prolificidad en torno al fideicomiso de libertad es buena prueba del interés que desde los círculos de poder existía por asegurar jurídicamente su figura. Probablemente, esta especial vigilancia de los emperadores hacia los fideicomisos de libertad se englobe dentro de una estrategia global para asegurar jurídicamente el modelo de castigos y recompensas –coloquialmente denominado “del palo y la zanahoria”– entendido como una estrategia de control que responde al interés general de los amos por perpetuar el modelo de sociedad esclavista, aun cuando en ocasiones ello limitase los derechos individuales sobre sus esclavos.
Este desarrollo y fortalecimiento institucional del fideicomiso de libertad se sostiene en una notable actividad legisladora tanto por parte del Senado Romano –con la emisión de cinco importantes senadoconsultos– como desde la cancillería imperial –acumulando entre los reinados de Adriano y Alejandro Severo medio centenar de constituciones sobre la materia–. Esta prolificidad en torno al fideicomiso de libertad es buena prueba del interés que desde los círculos de poder existía por asegurar jurídicamente su figura. Probablemente, esta especial vigilancia de los emperadores hacia los fideicomisos de libertad se englobe dentro de una estrategia global para asegurar jurídicamente el modelo de castigos y recompensas –coloquialmente denominado “del palo y la zanahoria”– entendido como una estrategia de control que responde al interés general de los amos por perpetuar el modelo de sociedad esclavista, aun cuando en ocasiones ello limitase los derechos individuales sobre sus esclavos.